viernes, 20 de julio de 2018

¿ IGUALDAD EN UN DIVORCIO ?


   Este escrito va sobre un padre de familia que lo único que pide es que se cumplan sus derechos, pide justicia ante una injusticia que está sufriendo por parte de su expareja. Hablan de la igualdad de la mujer con respecto al hombre, algo que ve muy lógico, pero ¿qué hay de la igualdad del hombre con respecto a la mujer? ¿Qué ley les proteje a ellos?

   Esto va sobre una familia formada por un matrimonio y dos hijos pequeños, una niña y un niño de menor edad, el cual tiene una minusvalía por la que es beneficiario de ayudas por la Ley de Dependencia. Al cabo de muchos años de casados, dicho matrimonio decide divorciarse, firmando un convenio regulador por el cual el niño queda en custodia de la madre, mientras que la custodia de la niña es otorgada a su padre; y sí, algo chocante, ya que no es muy normal que una madre ceda algún hijo, pero por suerte para dicho padre fue así.

  A pesar de que el citado convenio es bastante claro, se cometió un error por parte del padre. No podía llegar a imaginar lo que ahora le está sucediendo. El pequeño sufre un trastorno por el que percibe una cantidad mensual para los gastos que acarrea. La famosa Ley de Dependencia no se expuso en dicho convenio regulador, y es aquí donde vienen los problemas; el padre tiene al pequeño la mitad de las vacaciones y fines de semana alternos; pues bien, dicho padre solicitó a la madre que durante la estancia que está el pequeño con el padre en verano (mes y medio) le abonase la cantidad correspondiente a la Ley de Dependencia. Como ya se ha dicho antes, el crio percibe dicha cantidad por su problema, y las mensualidades se cobran a través de la Junta de Andalucía, y son para los importantes gastos que acarrea el menor; según la Junta esa cantidad que percibe el dependiente es para sus gastos, es para él, y son los progenitores quien deben administrar dicho dinero; pues bien, al no estar especificado en el convenio regulador, esa cantidad se percibe en la cuenta del titular junto a la persona autorizada o representante del menor, que es la madre, puesto que es ella quien tiene la custodia. Pero resulta que cuando el padre tiene al pequeño en periodo vacacional y le pide ese dinero para los gastos, la madre no lo ve conveniente, poniendo mil excusas, entre ellas, que es su dinero, cuando eso no es así, el beneficiario es el niño, y los padres meros administradores.

   El padre ha intentado ir por las buenas con nulo resultado, la madre ve conveniente quedarse con el dinero del menor a pesar de no tenerlo en ese periodo de tiempo, y aún sabiendo los gastos que acarrea un niño con dicho problema. El padre se ha presentado en la Delegación de la Junta y le comentan que no pueden hacer nada, que realmente le pertenece esa cantidad por estar al cuidado del crio, pero que depende de la  buena voluntad de la madre. La pregunta es, ¿qué buena voluntad de la madre? Si incluso rogando no es capaz de ceder y ver que es un bien para su hijo, que ese dinero es para emplearlo en los gastos del menor, pañales, escuelas de verano, terapias, comida, ropa, medicamentos, disfrutar de las vacaciones, y aún así mira para otro lado; al parecer para la madre es mejor quedarse con el dinero del menor, a pesar de no tenerlo durante el tiempo que está con su padre, y aprovecharlo para sus propios gastos.

   ¿Vale todo en las separaciones o divorcios?; siempre se dice que hay que mirar por el bien de los menores, cuando los hay, y realmente se termina viendo que no es así, cuando hay dinero por enmedio, el egoísmo puede elevarse por encima de los críos. Es duro decirlo, pero es así, importa más una pequeña cantidad que el bienestar de los menores. Es aquí donde se podría hacer referencia a la famosa igualdad de hombres y mujeres, igualdad, sí,  pero a la hora de la verdad, "te quito los niños", "te largas de la casa", "me pagas la hipoteca", "me pasas una pensión de unos 300 euros por cada crio"...  y el hombre se queda solo, desamparado y humillado, soñando con que esa igualdad fuese real.

   El hombre pide amparo a Asuntos Sociales, a la Junta, solicita estar en la cuenta donde el menor percibe la ayuda por la Ley de Dependencia, pero nada de nada, todo son trabas y problemas, ninguna solución. Le dicen que vaya por la vía judicial...

   La reflexión final es que la Patria Potestad son obligaciones y DERECHOS, por lo tanto todo, lo bueno y lo malo, lo dulce y lo amargo, todo lo que tenga que ver con los hijos, ha de corresponder a ambos progenitores, y no depender de "la buena voluntad" de uno de ellos. Si un menor es beneficiario de una ayuda por su problema, debería ser una obligación y derecho tanto de la madre como del padre la administración de dicha ayuda, aunque ese padre tan sólo disfrute de su pequeño unos 90 días al año.
  ¿Dónde está la bendita igualdad?

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